Impugnar multas de tránsito
Este es el trámite que se debe seguir para impugnar multas y/o infracciones de tránsito en los Juzgados de Contravenciones de Tránsito de Ecuador.
REQUISITOS PARA IMPUGNAR
– Boleta de Citación (Entregada por el Agente de Tránsito).
– Escrito de impugnación de multa redactado por un abogado.
– Tener la matrícula al día.
– Licencia de conducir vigente y con puntos disponibles.
– Escrito de impugnación de multa redactado por un abogado.
– Tener la matrícula al día.
– Licencia de conducir vigente y con puntos disponibles.
TRÁMITE EN LOS JUZGADOS
– Asistir a un juzgado de contravenciones de tránsito.
– Ir en compañía de un abogado privado o público (Abogado que firmo el escrito).
– Presentar los requisitos para la respectiva verificación.
– Si todo está completo se llama a audiencia.
– El día de la audiencia tiene que concurrir el agente de tránsito y conductor.
– Ambas partes explicaran lo sucedido.
– El juez resolverá el caso (Si se ratifica o no la infracción).
– Ir en compañía de un abogado privado o público (Abogado que firmo el escrito).
– Presentar los requisitos para la respectiva verificación.
– Si todo está completo se llama a audiencia.
– El día de la audiencia tiene que concurrir el agente de tránsito y conductor.
– Ambas partes explicaran lo sucedido.
– El juez resolverá el caso (Si se ratifica o no la infracción).
DATOS IMPORTANTES ANTES DE IMPUGNAR
– Las impugnaciones deben realizarse hasta 3 días laborables después de haber recibido la citación o multa de tránsito.
– Acudir a la Unidad de Flagrancia en los Juzgados de Tránsito en caso de ser un
– Para pedir un abogado público (asesor del Estado) presentar cédula y boleta de citación.
– Acudir a la Unidad de Flagrancia en los Juzgados de Tránsito en caso de ser un
– Para pedir un abogado público (asesor del Estado) presentar cédula y boleta de citación.
¿DONDE IMPUGNAR?
Una citación se impugna ante los Jueces de Tránsito o Jueces competentes determinados en la Ley.
Instituciones habilitadas para emitir citaciones.
Las únicas instituciones habilitadas por ley a emitir citaciones de tránsito son:
- La Comisión de Tránsito del Ecuador (CTE)
- La Policía Nacional a través de la Dirección Nacional de transito DNT, transitoriamente en base a los que dispone la LOTTTSV.
- Los agentes civiles de tránsito pertenecientes a los GAD`S
Si usted no está conforme con la citación o requiere mayor información, acérquese directamente a la institución que emitió dicha citación.
PAGO DE INTERESES DE LAS CITACIONES DE TRÁNSITO
El pago de la multa se realizará dentro de los diez días hábiles posteriores a la fecha de la notificación del acta de juzgamiento. En caso de mora se cancelará una multa adicional del dos por ciento (2%), sobre el valor principal, por cada mes o fracción de mes de mora hasta un máximo equivalente al cien por ciento (100%) de la multa. Estos valores si fuese necesario, se recaudarán mediante el procedimiento coactivo.
El acta de juzgamiento, cuya notificación obligatoriamente se la hará a los organismos de tránsito correspondientes, constituye título de crédito contra el conductor o el propietario del vehículo según el caso. El valor de la multa deberá cancelarse en las oficinas de recaudaciones de los organismos de tránsito provinciales de su jurisdicción, o cualquiera de los bancos autorizados para tales cobros.
Las multas activadas por la Disposición Transitoria Vigésima Tercera de la LOTTTSV, no generan interés ni reducen puntos.
Las multas activadas por la Disposición Transitoria Vigésima Tercera de la LOTTTSV, no generan interés ni reducen puntos.
PROCESO PARA DESACTIVACIÓN DE MULTAS
De conformidad con las atribuciones establecidas por el Estatuto Orgánico por Procesos de la Agencia Nacional de Tránsito que establece la Dirección de Asesoría Jurídica debe “Coordinar y difundir directrices, procedimientos y normas legales para las instancias de asesoría jurídica (¼)” y al tener como objetivo institucional el reforzar los procesos que están relacionados con el cobro de multas por infracciones de tránsito que no han sido impugnadas dentro del término correspondiente, que tengan acta de juzgamiento o sentencia ejecutoriada, se consideró necesario contar con un equipo de apoyo que permita viabilizar el ingreso y registro de las referidas actas de juzgamiento y depósitos directos para la desactivación de multas en el sistema SITCON que maneja la ANT y mantener un registro actualizado que permita ejercer la jurisdicción coactiva a favor de la Institución.
En virtud de lo antes expuesto solicito se sirvan enviar toda la documentación relacionada a las actas de juzgamiento (absolutorias, condenatorias, suspensiones, impugnaciones, cambio de artículo) y depósitos directos a la cuenta, a los siguientes funcionarios, conforme consta en el detalle adjunto.
Estos funcionarios referidos y que son quienes estarán a cargo de este proceso, forman parte de la Dirección de Asesoría Jurídica como apoyo en el área de coactivas, se encargarán de realizar el registro de las actas de juzgamiento (condenatorias, cambio de artículo, absolutorias, impugnaciones, suspensiones); registro de pago de multas con comprobantes de pago en el sistema SITCON; así como la emisión de reportes de pagos mensuales a la Dirección Administrativa - Financiera, manteniendo un registro actualizado de dichas transacciones con la finalidad de facilitar el control de las mismas.
Para llevar a cabo este proceso se determinó el cumplimiento de los siguientes parámetros, conforme se establece a continuación.
ACTAS DE JUZGAMIENTO las mismas que pueden ser (absolutorias, condenatorias, suspenso, impugnaciones y cambio de artículo)
CASO A
Cuando el usuario realiza de forma personal el trámite en cualquiera de nuestras Agencias de Atención al Usuario de la ANT.
1. Enviar un memorando vía quipux dirigido al funcionario responsable acorde a su provincia (ver adjunto).
2. Estos memorandos deberán ser de manera individual por cada una de las actas de juzgamiento.
3. Las actas de juzgamiento deben estar debidamente certificadas por el juzgado.
4. Verificar si el acta de juzgamiento se encuentra ingresada en el sistema de la página web de la Función Judicial correspondiente a cada una de las provincias, caso contrario no se podrá realizar la desactivación de la misma.
1. Enviar un memorando vía quipux dirigido al funcionario responsable acorde a su provincia (ver adjunto).
2. Estos memorandos deberán ser de manera individual por cada una de las actas de juzgamiento.
3. Las actas de juzgamiento deben estar debidamente certificadas por el juzgado.
4. Verificar si el acta de juzgamiento se encuentra ingresada en el sistema de la página web de la Función Judicial correspondiente a cada una de las provincias, caso contrario no se podrá realizar la desactivación de la misma.
CASO B
Cuando las Actas de Juzgamiento sean recibidas directamente del Juzgado
1. Se enviará un solo memorando quipux, especificando que son actas recibidas directamente del juzgado, a fin de proceder con el registro.
2. Se detallará en el memorando vía quipux el número de actas que se envía.
1. Se enviará un solo memorando quipux, especificando que son actas recibidas directamente del juzgado, a fin de proceder con el registro.
2. Se detallará en el memorando vía quipux el número de actas que se envía.
DEPÓSITOS DIRECTOS
1. Enviar un memorando vía quipux dirigido al funcionario responsable acorde a su provincia (ver adjunto).
2. Estos memorandos deberán ser de manera individual por cada una de las solicitudes.
3. Se debe adjuntar los comprobantes de pago ORIGINALES, caso contrario no se procederá a la desactivación.
1. Enviar un memorando vía quipux dirigido al funcionario responsable acorde a su provincia (ver adjunto).
2. Estos memorandos deberán ser de manera individual por cada una de las solicitudes.
3. Se debe adjuntar los comprobantes de pago ORIGINALES, caso contrario no se procederá a la desactivación.
AUTORIZACIONES DE PAGO
1. En este caso se debe enviar un memorando vía quipux dirigido al Director/a Ejecutivo de la ANT.
2. Con un consolidado adjunto en una hoja de Excel.
3. En la hoja de Excel se debe detallar el nombre, cédula del usuario y especificando el trámite que vaya a realizar el usuario.
1. En este caso se debe enviar un memorando vía quipux dirigido al Director/a Ejecutivo de la ANT.
2. Con un consolidado adjunto en una hoja de Excel.
3. En la hoja de Excel se debe detallar el nombre, cédula del usuario y especificando el trámite que vaya a realizar el usuario.
AUTORIZACIONES DE RECEPCIÓN DE DEPÓSITOS
1. Se deberá enviar un memorando vía quipux dirigido al Director/a Ejecutivo de la ANT por estas solicitudes de recepción de depósitos.
2. Se adjuntará en este caso copias LEGIBLES de los comprobantes de pago, de tal manera que la Dirección Administrativa-Financiera de la ANT, proceda con la validación y proceder con la autorización.
1. Se deberá enviar un memorando vía quipux dirigido al Director/a Ejecutivo de la ANT por estas solicitudes de recepción de depósitos.
2. Se adjuntará en este caso copias LEGIBLES de los comprobantes de pago, de tal manera que la Dirección Administrativa-Financiera de la ANT, proceda con la validación y proceder con la autorización.
NOTA: Todos los memorandos vía quipux deben estar suscritos por el Director/a Provincial de la ANT y estar dirigidos únicamente al funcionario en el detalle adjunto o al Director/a Ejecutivo de la ANT, según sea el caso.
Este proceso se encontrará en vigencia desde el lunes 3 de febrero del 2014
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